sábado, 18 de octubre de 2014



Formación de Recursos Humanos 

 Universidad Nacional de Villa María





Ante la presencia de representantes de diversas áreas administrativas de la UNVM, el lunes 6 de octubre la doctora Luisa Hynes brindó una capacitación sobre Gestión y procedimiento de Compras y Contrataciones. En la oportunidad, se abordaron específicamente aspectos vinculados a obras públicas, bienes y servicios.

La jornada, que dio inicio a las 9 horas en el Auditorio de “El Diario del centro del país”, tuvo como principales objetivos: consolidar conocimientos teóricos y prácticos sobre uno de los sistemas vinculados a la Administración Financiera del Sector Público, comprendiendo su relevancia en la instrumentación de una gestión pública eficiente; brindar un espacio de reflexión y debate sobre la gestión de contrataciones de bienes, obras y servicios gubernamentales; y, otorgar herramientas para mejorar las prácticas desarrolladas en este ámbito.
“El propósito de la capacitación se centró en incorporar herramientas que permitan realizar las obras y contratos que necesita la UNVM, de modo eficiente, y ajustado a los parámetros de transparencia, regularidad y eficacia que una gestión pública moderna requiere”, manifestó la doctora Hynes.
Consultada acerca del valor de capacitar al personal no docente de las universidades nacionales, la disertante señaló que es indispensable, ya que siempre aporta algo nuevo en un marco de enriquecimiento mutuo. En este mismo sentido, agregó que “se genera un espacio interactivo de debate, discusión y aprendizaje con el fin de disminuir las barreras que impiden el desarrollo de una gestión pública adecuada”.
En tanto, la vicerrectora a cargo del Rectorado, especialista Cecilia Conci, aseveró que la actividad permitió conocer e intercambiar ideas acerca de lo que la normativa en esta temática permite realizar y, además, socializar lo que se lleva a cabo al respecto en la casa de altos estudios local y en otras universidades del país.
Cabe destacar, que esta jornada se constituyó como el puntapié inicial de un Programa que contempla la puesta en práctica de una serie de capacitaciones destinadas a personal de diversas áreas de la UNVM. “Lo más preciado de una institución son sus recursos humanos. Nuestro personal es altamente calificado y comprometido. Como autoridades tenemos el deber de fortalecer su formación día a día”, concluyó Conci.



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miércoles, 5 de junio de 2013

La CSJN confirma la teoría del acto "inexistente" cuando se incumplen las formalidades para contratar


En el caso LIX KETT SA (en quiebra) c/Biblioteca Nacional - Secretaría de Cultura de la Nación s/ Cobro de sumas de dinero"  la CSJN reiteró el criterio sostenido en anteriores fallos como Ingeniería Omega SA c/MCBA respecto  a la "inexistencia" del contrato que se realiza incumpliendo las formalidades previstas por las normas legales. 

Reiteradamente la Corte sostuvo que la validez y eficacia de los contratos administrativos se supedita al cumplimiento de las formalidades exigidas por las disposiciones legales pertinentes en cuanto a la forma y procedimiento de contratación (Fallos: 308:618 y 316:382). Y agregó que la prueba de la existencia de un contrato administrativo se halla íntimamente vinculada a la forma en que dicho contrato queda perfeccionado

Cuando la legislación exige una forma específica para la conclusión de un determinado contrato dicha forma debe ser respetada pues se trata de un requisito esencial de su existencia. 

Las consecuencias de este pronunciamiento son importantes ya que implican que las relaciones jurídicas que las empresas establezcan con el Estado por procedimientos que no se ajusten a las normas legales , tales como convalidaciones, legítimos abonos, reconocimientos de gastos u otras modalidades usuales en muchos organismos no podrán ser considerados como relaciones contractuales sino extracontractuales y los eventuales juicios que se inicien para el cobro de las facturas emergentes de bienes o servicios prestados al Estado solo pueden ser reclamados sobre la base del principio de enriquecimiento sin causa, lo que implica la prueba del empobrecimiento de parte de quien reclama.

El fallo completo puede ser consultado en la sección Jurisprudencia de este blog.


Mediante Decreto Nº 893/12 se aprobó el nuevo Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que sustituye al Decreto Nº 436/12

En el PPT agregado en el lateral derecho del blog se sintetizan las principales innovaciones aprobadas